Se consideran deudas los pagos acordados por mantener y conservar los elementos comunes.
SEPIN - considera que deben incluirse, intereses de demora y devolución de recibos, ratificados en junta y no impugnados.
Perdiendo el voto si hay deudas que tienen que ver con las obligaciones marcadas con la comunidad.
Sepin/ cons/84832
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