Con la reforma del Estatuto de los Trabajadores introducida por el RDL 3/2012, de 10 de febrero, se dio una nueva redacción al art.82. Concretamente en su párrafo 2º se regula un procedimiento para que las partes que están legitimadas para negociar un convenio colectivo, puedan acordar la inaplicación de las condiciones de trabajo que se regulan en él, siempre que concurran causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, y que afecten a las siguientes materias: a) Jornada de trabajo, b) Horario y la distribución del tiempo de trabajo, c) Régimen de trabajo a turnos, d) Sistema de remuneración y cuantía salarial, e) Sistema de trabajo y rendimiento, f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el art. 39 de esta ley, g) Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.
La medida se puede adoptar con acuerdo alcanzado con los representantes de los trabajadores durante el periodo de consultas; o tras seguir los procedimientos contemplados en el precepto para el caso de desacuerdo.
La cuestión que se somete a la consideración de los expertos que participan en este foro es si, a su entender, el trabajador que resulta afectado por el descuelgue o inaplicación de alguna de las condiciones de trabajo pactadas en el convenio colectivo, puede solicitar la resolución indemnizada de su contrato de trabajo.
Como seguidamente se puede comprobar con la lectura de las respuestas dadas a la cuestión, las opiniones están divididas prácticamente al cincuenta por ciento entre los que consideran que el trabajador afectado por la medida de descuelgue tiene derecho a solicitar la resolución indemnizada de su contrato, y los que mantienen la opinión contraria. Para facilitar la lectura, se han agrupado las respuestas según la posición que han adoptado en relación con la cuestión planteada.
I. La nueva regulación no impide que el trabajador pueda solicitar la resolución indemnizada de su contrato
II. El trabajador no puede solicitar la resolución indemnizada de su contrato