La medida de PRISION PROVISIONAL - es una de de las actuaciones para asegurar el JUICIO, considerándola como excepcional.
- Se valoran la situación personal ( arraigo, familia, domicilio, trabajo, ingresos, necesidad, antecedentes penales etc... )
- La pena ha de ser igual o superior a 2 años.
- Valorar riesgo de fuga o de destrucción de pruebas.
- Cabe recurso de apelación.
Jose Villanueva
Abogado - cases de dret 963392525
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