El TS mantiene la ausencia de responsabilidad civil subsidiaria del Estado en los hechos delictivos ocurridos dentro de la prisión. No se consideró probada la comisión de ninguna infracción de los reglamentos generales o especiales de policía por parte del ente titular de las competencias penitenciarias, o de alguno de sus empleados o dependientes, como tampoco la falta de efectivos, medios, formación o información por parte de los últimos (FJ 6). Incluye en la condena al acusado el pago de las costas de la acusación particular, al no haber sido su actuación superflua ni haber realizado peticiones heterogéneas